Mediante el Decreto Nº 9088, el Poder Ejecutivo dispuso el reajuste del 3, 5 por ciento de los sueldos y jornales mínimos de trabajadores del sector privado. A partir del 1 de julio el salario básico legal será de G. 2.112.562.

La medida se da en base al informe del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social por el cual se recomienda el reajuste en los salarios mínimos de los trabajadores de todo el país. El incremento es de G. 71.439.

Con el 3, 5 por ciento de incremento, el salario mínimo queda establecido en 2.112.562 guaraníes y el jornal mínimo en 81.252 guaraníes, que regirá a partir del 1 de julio del 2018, según establece el Pode Ejecutivo.

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