UGP valora cambio en porcentaje de meza de biocombustible aprobado por el MIC
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El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) emitió una resolución mediante la cual se aprueba la mezcla de biocombustible en un 7% hasta fin de este año.
Héctor Cristaldo, presidente de la Unión de Gremios de la Producción (UGP), valoró la apertura y predisposición del ministro de Industria y Comercio Marco Riquelme y su equipo para el diálogo. Destacó que esta decisión brinda previsibilidad a los productores en un momento clave del calendario agrícola, marcado por la cosecha del maíz zafriña y el inicio de la siembra de soja.
Desde el gremio reiteraron que apoyan el desarrollo de los biocombustibles como una alternativa para generar mayor valor agregado a la producción nacional y considerar la compatibilidad con la diversidad de maquinarias agrícolas, camiones y equipos que operan en el país, de acuerdo a las recomendaciones técnicas.
La UGP considera importante este paso para construir una solución de largo plazo basada en evidencia técnica y en el consenso entre el sector público y privado.
Resolución
El MIC emitió la Resolución N°. 0565 por la cual establece el porcentaje de mezcla obligatoria de biocombustible apoto para la utilización en motores diésel para el gasoil Tipo III y y se abroga la resolución N° 0472 del 19 de junio de 2026.
La nueva normativa destaca que, tras los análisis de nuevos factores y estudios, y en atención a las disposiciones mencionadas, resulta necesario y prudente establecer una adecuación en el porcentaje de mezcla del Biocombustible apto para la utilización en motores diésel en el gasoil Tipo III, consolidando en el país, un equilibrio entre los aspectos económico, calidad y ambiental.
Así, se establece que el porcentaje de mezcla de biocombustible apto para la utilización en motores diésel para el Gasoil Tipo III o el que lo sustituya, será mínimo de 7% (siete por ciento) v/v a partir del viernes 24 de julio hasta el 31 de diciembre del presente año.
A partir del día 01 de enero de 2027, el porcentaje de mezcla de biocombustible apto para la utilización en motores diésel para el Gasoil Tipo III o el que lo sustituya, será mínimo 8% (ocho por ciento) v/v.