El Certificado de Origen (CDO) es el documento oficial que respalda el origen nacional de producto de exportación, que había sido producido total o parcialmente dentro del territorio nacional, requerido para acceder a preferencias arancelarias concedidas por determinados
mercados de destino a nuestro país.
Según la Red de Importaciones y Exportaciones (Rediex), dependiente del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), los requisitos de origen son distintas para las diferentes regiones de destino de la exportación, siendo los mecanismos más usuales la componente nacional mínima, y el cambio de la partida arancelaria de un producto procesado en Paraguay. Aún sin la existencia de preferencias, los países de destino pueden exigir un CDO por razones de políticas comerciales. Como existen distintos sistemas de preferencia, existen distintos tipos de CDO (por ejemplo, MERCOSUR, ALADI, SGP, etc.) que cuentan con formularios específicos.
Documentación requerida
Para una empresa exportadora es necesario que pueda respaldar la elaboración o transformación local de un producto exportado mediante la existencia de cultivos, talleres, fábricas, y/o mediante facturas de importación o de compra local de insumos y materias primas. Esta documentación no necesita ser presentada para la tramitación del CDO, pero podría ser exigida posteriormente por los organismos de certificación, en particular al existir dudas sobre la veracidad de la Declaración del Exportador. Por ello, toda documentación relacionada a la elaboración de una mercancía exportada deberá guardarse como mínimo hasta que el envío haya sido despachado en el país de destino.
Para la aprobación del CDO por el organismo emisor, el exportador o despachante deberá aportar:
• Original de Certificado de Origen, más las copias que correspondan selladas y firmadas por el exportador registradas en la Ventanilla Única.
• Original de la Factura Comercial, más las copias que correspondan, firmadas y selladas por el exportador.
• Original de la Declaración del Exportador (Declaración Jurada), más dos copias firmadas y selladas por el exportador.
Los exportadores de confecciones, además deben aportar el título de marcas y la factura comercial visada por la Asociación Industrial de Confeccionistas del Paraguay. Los exportadores de cigarrillos, además deben aportar el título de marcas. Los exportadores de aluminio, cobre y bronce requieren una autorización electrónica del MIC, mientras que los exportadores de Petit Grain necesitan tramitar el permiso previo en el MIC.
Organismos de emisión del CDO
El MIC ha delegado la tramitación del CDO a organizaciones empresariales del sector privado, resguardando sus atribuciones legales de control y de autorización. Estos organismos son:
• Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Paraguay – CNCSP (todos los productos menos las maderas).
• Unión Industrial del Paraguay – UIP (todos los productos menos las maderas).
• Cámara Paraguaya de Exportadores de Cereales y Oleaginosas – CAPECO (cereales y oleaginosas).
• Cámara Algodonera del Paraguay – CADELPA (algodón, tejidos y prendas).
• Federación Paraguaya de madereros – FEPAMA (productos de madera).
Servicios ofrecidos por los organismos de emisión
Además de aprobar los CDO, los organismos de emisión brindan servicios de asesoramiento acorde a sus respectivas capacidades. Es recomendable recurrir a estos servicios para cerciorarse de la correcta aplicación de los regímenes comerciales más recientes y evitar trabas o reclamos posteriores durante la salida o la llegada del cargamento.