El Presupuesto General de la Nación 2022 (PGN 2022) establece que las Municipalidades deberán presentar al Ministerio de Hacienda, a más tardar el último día hábil del mes de febrero del 2022, su Balance General, Estado de Resultados, Ejecución Presupuestaria de Ingresos por Origen del Ingreso y Gastos por Objeto del Gasto, Conciliación Bancaria y su Información Patrimonial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021 para su consolidación en los Estados Financieros y Patrimoniales del Sector Público. La Cartera Fiscal no transferirá recurso alguno del ejercicio fiscal 2022 sin esta constancia de informe anual.
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Por su parte, los informes cuatrimestrales deberán presentarse de manera consolidada y a nivel de detalle de los programas financiados con los fondos recibidos en concepto de Royalties y los gastos realizados con recursos provenientes de la Ley N° 3984/2010. Esta podrá realizarse de manera digital conforme a la reglamentación emitida.
Los Gobiernos Departamentales y Municipales informarán cuatrimestralmente al Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad de Departamentos y Municipios (UDM), sobre los resultados cualitativos y cuantitativos de los programas y/o proyectos en ejecución, especificando actividades desarrolladas y el monto de los recursos aplicados de conformidad a las normas establecidas en el Artículo 27 de la Ley N° 1535/1999. En caso que las instituciones no den cumplimiento a lo establecido no se transferirá recurso hasta que dure el incumplimiento.
En este sentido, se informará al Congreso Nacional sobre estos resultados cuatrimestrales a más tardar 30 días hábiles posteriores al término del mismo. Hacienda podrá celebrar acuerdos con los Gobiernos Departamentales y Municipales para el seguimiento y desarrollo de evaluaciones de los programas prioritarios del Gobierno de conformidad con las normas y especificaciones técnicas que serán establecidas en la reglamentación.
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