Protegieron unas 2.000 hectáreas de reserva natural en compensación por obras de la ruta Pilar –Alberdi
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Mediante la adquisición de certificados ambientales por un valor de G. 3.580.500.000, la cartera de Obras Públicas tuvo a su cargo la protección de 2.017,184 hectáreas de una reserva natural ubicada en el departamento de Caazapá, como medida de compensación por las obras del Lote 2 de la ruta Pilar – Desvío Alberdi.
El pasado 3 de octubre se realizó la presentación del informe final del “Plan de Conservación e Inversión del Área Certificada para Servicios Ambientales de la Reserva Natural Tapyta”, en el marco de la ejecución del referido proyecto vial.
Así, el contrato con la Fundación Moisés Bertoni, que fue la adjudicada con este servicio, llegó a su fin después 3 años. Durante ese periodo fueron presentados los informes de los avances a la Dirección de Gestión Ambiental, donde los técnicos del Departamento de Evaluación e Impacto Ambiental, realizaban el dictamen técnico.
El sector protegido por el MOPC dentro de la denominada Reserva Natural Tapytá (RNT) que tiene un total de 4.736 hectareas, incluye las fincas N.º 35 y N.º 7.270, que son parte de un área silvestre protegida integrante del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas de Paraguay, reconocida como tal por el Decreto N.º 5.831/2005, y que a su vez cuentan con Certificados Ambientales sobre parte de sus bosques protegidos, a través de la Resolución del MADES 276/18.
De la presentación del informe, que se llevó a cabo en el Centro de Interpretación Ambiental de la institución, participaron representantes de la Dirección de Gestión Ambiental, Unidad Ejecutora -FONPLATA, técnicos y directivos de la Fundación Moisés Bertoni.
MOPC, pionero en la materia
Vale destacar que el MOPC es la primera institución estatal en incluir en el costo de sus proyectos el 1% por compra de Certificados de Servicios Ambientales, dando así cumplimiento a la Ley N.º 3001/06, «De Valoración y Retribución de los Servicios Ambientales».
Se denominan Servicios Ambientales aquellos servicios ecosistémicos que benefician de forma directa o indirecta a las poblaciones y son valorados y tasados en términos económicos. Los beneficios de estos servicios ambientales pueden ser económicos, ecológicos o socioculturales e inciden directamente en la protección y el mejoramiento del medio ambiente, propiciando una mejor calidad de vida a los habitantes.
La mencionada Ley 3001/06 establece que las obras o actividades consideradas de alto impacto ambiental se encuentran sujetas al cumplimiento de las compensaciones por servicios ambientales mediante la adquisición de los Certificados de Servicios Ambientales. Los mismos son otorgados por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) a propietarios de fincas con excedente de cobertura boscosa y pastizales naturales.