El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) informa que todo el proceso licitatorio para la adjudicación del Llamado MOPC N° 104/2016 Licitación Pública Internacional para la contratación de servicios para la operación de los puestos de peaje se realizó en estricta observancia de la Ley N° 2051/03, modificada por la Ley N° 3439/07 y el Decreto reglamentario N° 21.909/03, en las que se establece, taxativamente, formas, plazos, periodos y lugares de publicación, confidencialidad en el manejo de los datos e informaciones del Comité de Evaluación, entre otros.

El MOPC ha dado cabal cumplimiento a los procesos y en ningún momento ha actuado con sigilo o falta de transparencia. El llamado fue adjudicado a la empresa Concesionaria de Peajes del Paraguay, por un monto de Gs. 42.617.155.425.

La Ley N° 2051/03 en su Art.27 COMITES DE EVALUACIÓN, establece que “El Comité de Evaluación, bajo su responsabilidad y con absoluta independencia de criterio, evaluará las ofertas y emitirá un dictamen que servirá como base para la adjudicación …”.  Las normativas legales que rigen la adquisición de bienes y servicios otorga al Comité de Evaluación la responsabilidad de emitir un Dictamen, con un detalle cronológico de los actos del procedimiento, el análisis de las ofertas y las razones para admitirlas o desecharlas. Este dictamen, después de su emisión, es de público conocimiento.

Así mismo, el Art 56 del Decreto N° 21909/03 establece:“Confidencialidad. No deberá darse a conocer información alguna acerca del análisis, aclaración y evaluación de las ofertas ni sobre las recomendaciones relativas a la adjudicación después de la apertura en público de las ofertas, a los oferentes ni a personas no involucradas oficialmente en el proceso de evaluación, hasta que haya sido dictado el informe de recomendaciones de la adjudicación”.

En cuanto a la Adjudicación, la Ley 2051/03 en su Art. 28 establece “… La convocante adjudicará al participante que presente la oferta solvente que cumpla con las condiciones legales y técnicas estipuladas en los pliegos de bases y condiciones, que tenga las calificaciones y la capacidad necesaria para ejecutar el contrato. La misma deberá garantizar satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones exigidas”.  En virtud a esta disposición el MOPC realiza la evaluación desde los criterios establecidos en este artículo donde priman los aspectos legales y técnicos y no solamente el precio de la oferta. No siempre la mejor oferta es la más baja.

Los detalles de la descalificación de la oferta con precio más bajo constan en el Dictamen del Comité de Evaluación. La oferta del Consorcio Unión, de Gs. 38.069.457.561, fue descalificada por cuestiones legales. El documento notarial de conformación de consorcio estaba incompleto.

La adjudicación a la Concesionaria de Peajes del Paraguay, cuyo monto ofertado en el  momento de la apertura de sobres fue de Gs. 39.617.155.425, se basó en los Arts. 59 y 61 del Decreto 21909/03.

La diferencia que figura en la adjudicación, que es de Gs. 42.617.155.425, se debió a que al momento de las verificaciones se detectó una diferencia aritmética. El error se dio en la sumatoria de los componentes de uno de los ítems (N° 2), según consta en el formulario de oferta. Se procedió a las consultas respectivas al oferente, quien confirmó la diferencia existente.

La tercerización de la operación de los puestos de peaje es una necesidad para buscar una mayor eficiencia de servicio y menores gastos para el contribuyente, según técnicos de la cartera vial.

Las ventajas que ofrece la tercerización del servicio son las siguientes:

–      Mejora del servicio de percepción de peajes.

–      Agilidad para la contratación de servicios, tanto de insumos como de personal.

–      Implementación del Telepeaje para agilizar el flujo de vehículos.

–      Aumentar la recaudación estableciendo controles por oposición.

–      Reconstrucción y modernización de los 5 puestos no modernizados.

–      Optimización del servicio con estándares internacionales.

La operación de los puestos de peajes, desde décadas atrás, experimenta problemas  de deshonestidad, infidelidad o deslealtad de algunos funcionarios, lo que frecuentemente acarrea faltante de la recaudación, manipulación de equipos informáticos y tecnológicos, entre otros.

Esta situación continúa pese al esfuerzo puesto por la actual administración para aumentar el control y la eficiencia. En este gobierno se levantaron indicios de hechos ilícitos y se abrieron 12 sumarios administrativos a funcionarios, sin conseguir las sanciones ejemplares esperadas. Actualmente existen investigaciones abiertas por supuestos hechos ilícitos.

Algunos de los inconvenientes que acarrea el actual sistema son los siguientes:

–          Denuncias de desvíos de fondos en los puestos.

–          Excesiva lentitud en los sumarios administrativos, algunos de ellos inclusive con funcionarios sobreseidos.

–          Demoras en la contratación de personal ante renuncias, considerando que los puestos deben funcionar las 24 hs del día, todo el año, y no pueden quedarse sin perceptores.

–          Alta rotación de funcionarios por presiones políticas.

–          Dificultad para contratar servicios técnicos para la operatividad de los puestos: adquisición de insumos, mantenimiento de equipos, falta de suministro adecuado de servicios básicos para ofrecer al usuario, entre otros).

–          No se cuenta con un servicio de mantenimiento de la infraestructura, limpieza de franja de dominio, arreglo de pistas, roturas de barreras, pintura, etc.

–          Lenta y tardía intervención ante eventos accidentales o climatológicos, como ser caída de rayos, vehículos que chocan contra las casetas, etc.

En el llamado a licitación, el MOPC se reserva el derecho de realizar un control y supervisión periódicos para salvaguardar los intereses del Estado y contar con los recursos necesarios para realizar los mantenimientos preventivos y correctivos oportunos a las rutas.

 

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