En las próximas dos semanas, si la Cámara de Senadores no trata el proyecto de Ley de libranzas, el mismo podría tener sanción automática (ficta) y así abrirse el camino para que el salario de los trabajadores sea embargado hasta el 65%.

Ya en diciembre del año pasado tuvo media sanción en la Cámara de Diputados el proyecto de ley  que “regula la relación entre la entidad operadora, la entidad pagadora, entidad intermediaria y el usuario, con el fin de dotarle un marco jurídico a las operaciones de libranzas”, según dispone el Art. 1.

El Art. 7, inciso c, dispone que el empleador realice el descuento directo del salario del trabajador, para pagar a los acreedores comerciales que el mismo tenga, hasta una suma de 50% de su remuneración, en el caso que cobre un salario mínimo. Si su ingreso es superior al mínimo, el descuento podrá realizarse hasta un 65%. Se escucharon muchas críticas a este proyecto; las mismas provienen de diversos sectores, inclusive, del Ministerio del Trabajo.

 

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