La Ley N° 6524 “Que declara Estado de Emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del Covid-19 o coronavirus y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras”, se encuentra disponible para la ciudadanía en general en la página web del Ministerio de Hacienda, en el sitio denominado “Temas de Interés”, ubicado en el extremo superior derecho o por medio del siguiente enlace: https://bit.ly/33TNZmu.
Entre los puntos más relevantes están, por ejemplo, las medidas de racionalización de gastos para el proceso de ejecución del Presupuesto General de la Nación (PGN) ejercicio fiscal 2020. En esa línea, se prohíben los llamados y las adjudicaciones de provisión de servicios de catering, con excepción las previstas en el Decreto Nº 3264/2020 y de la Justicia Electoral para las elecciones municipales.

Asimismo, se suspende temporalmente la liquidación y el pago de subsidios familiares en concepto de subsidio o subvenciones por casamiento, ayuda vacacional y ayuda alimenticia para todos los Organismos y Entidades del Estado (OEE). Quedan exceptuados el personal de blanco, personal policial, personal militar y guardiacárceles.

Otra disposición importante es que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, implementará medidas para salvaguardar los ingresos de trabajadores en situación de informalidad. Para el efecto, el Poder Ejecutivo podrá otorgar un subsidio del 25% del salario mínimo legal vigente. Este beneficio podrá ser otorgado hasta dos veces por el mismo monto, y será abonado a los beneficiarios a través de entidades de pago sujeto a disponibilidad.

Además, se autoriza al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, al Instituto de Previsión Social (IPS), al Hospital de Clínicas, Hospital Militar y de Policía y al Ministerio de Justicia, a realizar las contrataciones temporales del personal que consideren necesarios ante la pandemia, bajo el régimen de excepción, por el plazo de 6 (seis) meses, prorrogables al cierre del ejercicio fiscal, con autorización del Equipo Económico Nacional.

Por otra parte, la Contraloría General de la República (CGR) en coordinación con la Secretaría Nacional Anticorrupción y los órganos de control pertinentes, dentro del ámbito de sus competencias establecerán lineamientos en materia de transparencia y control en la administración de los recursos previstos en la presente Ley y de prevención de hechos de corrupción, fomentando la participación ciudadana en los procesos de rendición de cuentas.

Compartir