En ese sentido, el cronograma queda establecido de la siguiente manera:
– Enero 2024: 21 de febrero de 2024
– Febrero 2024: 22 de marzo de 2024
– Marzo 2024: 19 de abril de 2024
– Abril 2024: 24 de mayo de 2024
– Mayo 2024: 24 de junio de 2024
– Junio 2024: 19 de julio de 2024
– Julio 2024: 22 de agosto de 2024
– Agosto 2024: 20 de setiembre de 2024
– Setiembre 2024: 21 de octubre de 2024
– Octubre 2024: 21 de noviembre de 2024
– Noviembre 2024: 20 de diciembre de 2024
– Diciembre 2024: 22 de enero de 2025
– Resumen Anual 2024: 31 de enero de 2025
En la misma resolución se dispone que el Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional no dará trámite a pedidos de Excepción a la Doble Remuneración, a las solicitudes de Excepción al Concurso de Méritos para las contrataciones, así como a la gestión de otros trámites administrativos y/o técnicos, si la institución recurrente no da cumplimiento en tiempo y forma a esta disposición, conforme al calendario de vencimientos para el ejercicio fiscal 2024.
Asimismo, refiere que la institución en cuestión informará si se producen dentro del cronograma en virtud a feriados móviles, asuetos oficiales, interrupción de los servicios u otras situaciones imprevistas.
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