Por Decreto Nº 567, el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, dispuso la creación del Programa Temporal y Limitado de Asistencia a Comercios Frentistas en Situación de Vulnerabilidad de la obra del Metrobús y se asigna al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones la Responsabilidad de su ejecución.

Este programa ofrece asistencia a los afectados por las obras del Corredor Metropolitano de Transporte Público – Metrobús, llevadas a cabo en el marco del “Programa de Reconversión Centro; Modernización del Transporte Público y Oficinas del Gobierno”, aprobado por Ley Nº 5133/2013.

Asimismo, designa al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, en su carácter de organismo ejecutor del “Programa de Reconversión Centro, Modernización del Transporte Público y Oficinas del Gobierno”, como institución responsable de reglamentar y ejecutar el programa creado por el artículo anterior, a través de la respectiva resolución ministerial.

El Ejecutivo también autoriza al MOPC a suscribir el Acuerdo Interinstitucional con el Banco Nacional de Fomento, a los efectos de establecer el mecanismo para efectivizar los pagos a los beneficiarios.

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