La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) recuerda a los contribuyentes que en este mes de mayo se debe declarar y pagar, en forma excepcional, el Impuesto a la Renta Personal (IRP), correspondiente al ejercicio fiscal 2016, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 6910/2017.

El Ministerio de Hacienda aclara que de manera excepcional deben presentar los Estados Financieros los contribuyentes con fecha de cierre de ejercicio fiscal al 31/12/2016, de acuerdo a lo establecido en la Resolución General N° 111/2017.

Del período fiscal abril/2017, se deben presentar en este mes el Anticipo del Impuesto a la Renta Agropecuaria (IRAGRO), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), confirmar las Liquidaciones de Retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios (IRACIS), e IRP, así como los Informes de compras, ventas y sobre productos derivados del tabaco, entre otros.

En los casos en que el vencimiento conforme a las fechas fijas de cada mes ocurra en un día inhábil, dicho vencimiento se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente, sin que ello implique el diferimiento de los demás vencimientos.

Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la SET pone a disposición de los contribuyentes materiales informativos y tutoriales en su página www.set.gov.py en las secciones Biblioteca Impositiva y Tutoriales.

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