Comunidad Europea propone medidas específicas para garantizar aplicación oportuna de reglamento sobre deforestación
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La Comisión Europea propone hoy soluciones específicas para ayudar a las empresas, las partes interesadas mundiales, los terceros países y los Estados miembros a garantizar una aplicación fluida del Reglamento de la UE sobre deforestación.
Con la propuesta de hoy, la Comisión quiere asegurarse de que el sistema informático sea plenamente operativo para abordar la contribución de la UE al reto mundial de la deforestación. Al mismo tiempo, la propuesta simplificará las obligaciones de notificación, en particular para los microoperadores y pequeños operadores primarios de países de bajo riesgo de todo el mundo, manteniendo al mismo tiempo un sólido mecanismo de seguimiento.
La EUDR es una iniciativa clave para luchar contra la deforestación. La Comisión se ha comprometido a perseguir sus objetivos.
Medidas clave
Teniendo en cuenta las observaciones de las partes interesadas en el contexto de los esfuerzos de simplificación de la Comisión a lo largo del año, la propuesta de la Comisión introduce simplificaciones específicas para reducir las obligaciones de:
Operadores y comerciantes que comercializan los productos pertinentes del RDUE una vez introducidos en el mercado de la UE. Pueden ser, por ejemplo, minoristas o grandes empresas manufactureras de la UE. Estas empresas se encuentran en la parte posterior de las cadenas de valor pertinentes. El operador en sentido ascendente seguirá ejerciendo la diligencia debida.
Micro y pequeños operadores primarios de países de bajo riesgo en todo el mundo que venden sus productos directamente en el mercado europeo. Estos abarcan cerca del 100 % de los agricultores y silvicultores de la UE.
Para permitir un uso más eficiente del sistema informático, la Comisión propone que los operadores intermedios y los comerciantes ya no estén obligados a presentar declaraciones de diligencia debida. Con esta racionalización, solo se requerirá una presentación en el sistema informático del RDUE en el punto de entrada en el mercado para toda la cadena de suministro. Las obligaciones de notificación y la responsabilidad se centrarían en los operadores que comercializan en primer lugar los productos. Por ejemplo, los granos de cacao solo necesitarían una declaración de diligencia debida que debe presentar el importador que los introduzca en el mercado de la UE, pero los fabricantes intermedios de productos de chocolate no estarán obligados a presentar una nueva declaración de diligencia debida en el sistema informático.
Con la significativa simplificación propuesta hoy, los microoperadores y los pequeños operadores primarios solo presentarían una declaración simple y única en el sistema informático del RDUE. Cuando la información ya está disponible, por ejemplo en una base de datos de un Estado miembro, los operadores no tienen que tomar ninguna medida en el propio sistema informático. Esta simplificación sustituye a la anterior necesidad de presentar periódicamente declaraciones de diligencia debida.
Período transitorio para que las empresas refuercen el sistema informático
La Comisión también propone períodos transitorios para garantizar una transición fluida y reforzar el sistema informático.
Concretamente, esto significa que el RDUE entrará en vigor el 30 de diciembre de 2026 para las microempresas y las pequeñas empresas. Para las grandes y medianas empresas, la fecha sigue siendo el 30 de diciembre de 2025, pero para garantizar una introducción gradual de las normas, se beneficiarán de un período de gracia de seis meses para los controles y la ejecución.
La Comisión ha estado desplegando el sistema informático en estrecha cooperación con las partes interesadas, tal como se prevé en la legislación, desde su puesta en marcha en diciembre de 2024. En el contexto de este diálogo, las nuevas previsiones sobre el número de operaciones e interacciones previstas entre los operadores económicos y el sistema informático han dado lugar a una reevaluación sustancial de la carga prevista en el sistema informático, muy superior a la prevista. El sistema debe ser capaz de manejar todas las declaraciones de diligencia debida para los productos cubiertos por la ley y presentados por todos los operadores.
La nueva entrada en las fechas de aplicación, combinada con la simplificación de las obligaciones para los agentes de la cadena de suministro, tiene por objeto garantizar que el sistema informático pueda mantener el nivel de cargas esperadas.
La Comisión también está trabajando en planes de contingencia, para que los operadores económicos puedan cumplir sus obligaciones, en caso de que los colegisladores no adopten esta propuesta jurídica a tiempo, en cuyo caso el RDUE entrará en vigor el 30 de diciembre de 2025.
Próximos pasos
El Parlamento Europeo y el Consejo debatirán ahora la propuesta de la Comisión. Tendrían que adoptar formalmente la modificación específica del Reglamento de la UE sobre deforestación antes de que pueda entrar en vigor.
La Comisión pide al Parlamento Europeo y al Consejo que adopten rápidamente la propuesta de prórroga del período de aplicación a finales del año 2025.
Antecedentes
El Reglamento sobre deforestación de la UE tiene por objeto garantizar que un conjunto de bienes clave comercializados en el mercado de la UE deje de contribuir a la deforestación y la degradación forestal en la UE y en otras partes del mundo. La deforestación y la degradación forestal son factores importantes del cambio climático y la pérdida de biodiversidad, los dos retos medioambientales clave de nuestro tiempo. La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) estima que entre 1990 y 2020 se perdieron 420 millones de hectáreas de bosques, una superficie mayor que la de la Unión Europea, debido a la deforestación. Sobre la base de las tasas de deforestación de 2015-2020, cada minuto triplica la superficie del Parc Léopold limítrofe con el Parlamento Europeo en Bruselas.
Desde la entrada en vigor del RDUE en junio de 2023, la Comisión ha trabajado sistemáticamente con las partes interesadas sobre cómo facilitar una aplicación sencilla, justa y rentable del RDUE. En los últimos años, la Comisión se ha centrado en la creación de toda la infraestructura necesaria para que el RDUE entre en vigor, en particular a través de documentos adicionales de orientación y preguntas frecuentes publicados en abril de 2025, así como en el Reglamento de Ejecución sobre los índices de referencia publicado en mayo de 2025.