En esa línea, la normativa mantiene medidas de austeridad fiscal, muchas de las cuales se vienen implementando desde años anteriores, entre las cuales podemos destacar: Restricciones a los aumentos salariales, tanto para el personal permanente, como contratado, salvo los que resulten de la aplicación de los concursos respectivos conforme a lo establecido en las disposiciones legales, en particular para el caso del personal permanente.
La aplicación de los concursos respectivos en los procesos de nombramiento, conforme a lo establecido en la Ley 1626. Asímismo, la prohibición de entrega de combustible o de cupos de combustibles a autoridades de los organismos y entidades del Estado y miembros de órganos colegiados, en todas sus modalidades, salvo el que sea utilizado para desplazamientos derivados de sus funciones o cargo. Queda bajo responsabilidad de las auditorías internas la verificación del cumplimiento de dicha disposición.
También, la prohibición de compra de alimentos, con excepción de aquellos destinados a servicios de salud, obreros, eventos con participación extranjera, entre otros previstos en la norma.
De las medidas mencionadas, cabe señalar que por iniciativa parlamentaria la Ley exceptúa al Poder Legislativo y Poder Judicial, en relación a los nuevos nombramientos, promociones y nuevas contrataciones del personal, la autorización para desprecarización laboral, y para el Poder Legislativo y la Corte Suprema de Justicia los servicios de internet.
Por otro lado, se introdujeron ajustes para mejorar los controles en relación a las transferencias realizadas a las ONG así como adecuaciones que buscan clarificar y optimizar procesos afectados a la ejecución del presupuesto.
Asimismo, en atención a la situación epidemiológica del país, se mantienen los mecanismos simplificados de contratación para el personal del blanco, y para los establecimientos penitenciarios en atención a la extensión de la emergencia penitenciaria declarada por ley. Una vez finalizadas dichas situaciones será analizada la situación del personal incorporado conforme a la disponibilidad de recursos.
Es importante mencionar que a través del Sistema Integrado de Administración de Recursos del Estado (SIARE) se informará oportunamente la fecha de carga del plan financiero y los topes basados en la disponibilidad financiera del Tesoro Público.
Finalmente, con estas medidas el Ministerio de Hacienda establece lineamientos claros para un manejo prudente y racional en la etapa de ejecución del presupuesto, e insta a los organismos y entidades del Estado (OEE) a un análisis fino en su planificación presupuestaria y financiera para ir apuntando hacia una mayor calidad en el gasto público.
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