El viceministro de Transporte, Ing. Víctor Sánchez Chamorro, estableció mediante la Resolución GVMT N° 223/2021, los parámetros y requisitos del rendimiento en intérvalos que deberán cumplir las empresas operadoras del servicio de transporte público del área metropolitana.

En ese sentido, se detalla que las mediciones de rendimiento en intérvalos de salida, serán tomadas desde las 05:00 en adelante, y deberán cumplirse conforme al siguiente cuadro:

 

Así también, la Resolución establece que, la evaluación de rendimiento de la flota, será realizada de manera mensual tomándose en cuenta los siguientes porcentajes de cumplimiento, según cada franja horaria:

El cumplimiento de estos parámetros, será verificado a través del Centro de Control y Monitoreo del Sistema Nacional de Billetaje Electrónico, y es determinante para acceder al subsidio por pasajero, al final de la operación.

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