Esta disposición va para aquellas Sociedades Anónimas y Personas y Estructuras Jurídicas que se encuentren en incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley N° 5895/2017, Ley N° 6399/2019 y Ley N° 6446/2019.
La DGPEJBF y la Abogacía del Tesoro, dependientes del Ministerio de Hacienda, se encuentran trabajando con la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay (BCP), la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) y en consulta con gremios del sector financiero, en la reglamentación que establecerá los plazos, formas y alcances para la correcta aplicación de las sanciones correspondientes por parte de las entidades que integran el sistema financiero y la Administración Tributaria.
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