El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección Administrativa, informa a las Víctimas de la Dictadura y la ciudadanía en general, que se proseguirá con el pago vía red bancaria a través del Banco Nacional de Fomento (BNF). Hoy, martes 30 de marzo, cobrarán aquellas víctimas directas que cuenten con Resoluciones de la Defensoría del Pueblo Nº 1315/15 hasta la Nº 280/18.
Las mismas fueron autorizadas para proceder al pago, mediante la Resolución del Ministerio de Hacienda/Dirección Administrativa Nº 53/21 y Nº 55/21. Los beneficiarios deberán concurrir hasta la sucursal del microcentro del BNF, ubicada en las calles Chile y Haedo de Asunción, en el horario de 08:00 a 13:00 horas. En el siguiente cuadro se observa el listado de beneficiarios:

Resolución MH/DA Nº 53/21
CI RESOLUCIÓN Nº FECHA DE RESOLUCIÓN
1 1.952.682 1.315 19/11/2015
2 1.905.707 1.316 19/11/2015
3 374.899 1.416 15/12/2015
4 1.171.036 62 18/1/2016
5 2.130.957 313 29/4/2016
6 1.857 .465 314 29/4/2016
7 192.174 317 2/5/2016
8 252.003 318 2/5/2016
9 2.304.261 22 26/1/2017
10 2.223.962 1.107 6/10/2017
11 361.962 71 21/3/2018
12 1.377.047 280 4/7/2018
Resolución MH/DA Nº 55/21
CI RESOLUCIÓN Nº FECHA DE RESOLUCIÓN
1 313.679 401 7/4/2015

A través de esta modalidad, el trámite relativo a honrar este compromiso será eficiente, ya que se aprovechará la infraestructura que posee el BNF, en su sucursal de la capital. El BNF estará entregando y activando la tarjeta de débito de forma a que los beneficiarios perciban las indemnizaciones correspondientes.

Los beneficiarios deberán presentar la cédula de identidad civil vigente para poder retirar sus respectivas tarjetas de débito. Además, las mismas serán entregadas única y exclusivamente a los beneficiarios de forma directa. Se recuerda también que los tramites relativos al pago a víctimas de la dictadura son gratuitos.

Es importante mencionar que los pagos se realizan de conformidad a lo dispuesto en el Art. 434 del Decreto Nº 4780/2021 Anexo A «Guía de Normas y Procesos del PGN 2021», aprobado por la Ley Nº 6672/2021, que menciona que: «A efectos del cumplimiento de la Ley Nº 838/1966 «Que indemniza a víctimas de violaciones de derechos humanos durante la dictadura de 1954 a 1989″ y sus modificatorias; el Ministerio de Hacienda, a través de la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado (CODE), dependiente de la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda, abonará durante el presente ejercicio y en base a la disponibilidad presupuestaria las indemnizaciones previstas exclusivamente en forma correlativa, conforme a la antigüedad de las Resoluciones dictadas por la Defensoría del Pueblo, priorizando aquellas indemnizaciones correspondientes a las víctimas directas».

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