La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) amplió las medidas administrativas en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional por el Covid-19. En tal sentido, a través de la Resolución General Nº 26/2020 extendió la suspensión de los plazos procesales hasta el viernes 24 de abril del corriente año. Esta suspensión no aplica a la tramitación de las garantías constitucionales que se gestionen ante la misma.
Mientras duren las medidas determinadas por el Gobierno, la DGJP estableció ciertas condiciones para recepcionar los documentos relacionados con trámites efectuados en la Dirección, para casos como expedientes presentados por los Organismos y Entidades del Estado (OEE) para inclusión en planillas de pago, jubilaciones y haberes de retiro; pensiones a herederos de jubilados y a herederos de funcionarios fallecidos en servicio; pagos de haberes en ventanillas; oficios judiciales que ordenen transferencias de sumas de dinero; y comunicaciones de fallecimientos.

Para los casos de suma urgencia que ameriten la presencia en las instalaciones de la Institución, las mismas deberán ser planteadas vía correo electrónico a jubilaciones@hacienda.gov.py a fin de que sean evaluadas por la Dirección. En caso que correspondan, se asignarán horarios diferenciados conforme al relevamiento de datos para evitar la exposición innecesaria.

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