Mediante el Decreto Nº 2046, el Poder Ejecutivo dispone el reajuste salarial del 3,8% en el sector privado, medida que entra a regir a partir de la fecha. De esta forma, el nuevo salario mínimo es de Gs. 2.192.839 y el jornal mínimo de Gs. 84.340, a ser aplicados desde este 01 de julio.
La medida se da en base al informe del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social por el cual se recomienda el reajuste.
Según el considerando, están dadas las condiciones exigidas por la Ley N° 5764/16 «Que modifica el Artículo 255 y deroga el Artículo 256 de la Ley N° 213/93, Código del Trabajo», y el Informe Técnico BC/G N° 226/19, proporcionado por el Banco Central del Paraguay sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), por lo que corresponde disponer el reajuste de acuerdo a la recomendación del Consejo Nacional de Salarios Mínimos.
Con el 3, 8% de reajuste dispuesto, el nuevo salario mínimo vigente queda establecido en 2.192.839 guaraníes y el jornal mínimo en 84.340 guaraníes, según expresa la medida gubernamental que será reglamentada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
